
Piden al SAT aclarar, si gravar los servicios de hechiceros no contraviene los códigos penales, en relación con el delito de fraude
Estatales - Congreso de Coahuila17 de agosto de 2023
Redacción G MAS
Saltillo, Coahuila de Zaragoza, agosto de 2023.- El Congreso del Estado solicitará al Servicio de Administración Tributaria, SAT, para que informe a esta legislatura, sino existe conflicto entre su disposición de gravar servicios relacionados con las prácticas de hechiceros, vudús y trabajos con energía, y lo establecido en el Código Penal Federal y en los Códigos Penales Estatales en relación al delito de fraude.
La solicitud se hará en cumplimiento a un punto de acuerdo aprobado por unanimidad de votos de las y los diputados, durante la quinta sesión del Segundo Periodo de la Diputación Permanente, planteado por la diputada Luz Natalia Virgil Orona.
Virgil Orona expuso como motivos el hecho de que en fecha reciente el SAT dio a conocer haber incluido en los servicios que se deben facturar, a los comprendidos en los apartados de “Trabajos con Energía” y “Hechiceros y Vudús”.
Añadió que el tema o la duda para muchos, es si el incluir de modo tan amplio este tipo de servicios, no se esté legitimando lo que de origen está considerado como delito de fraude en los artículos 386 y 387 del Código Penal Federal, así como en códigos penales locales.
Los anteriores artículos establecen penas por el delito de fraude a quienes exploten las preocupaciones, la superstición o la ignorancia del pueblo, por medio de supuesta evocación de espíritus, adivinaciones o curaciones.
Mencionó que en junio de 2010, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que considerar a la charlatanería como delito no viola la Constitución y fortaleció así la lucha contra los estafadores que se aprovechan de gente que, por falta de información, credulidad o, en muchos casos, desesperación al pasar por situaciones personales angustiosas, está expuesta a creer en cualquier alternativa que parezca ayudarlas.
También la Suprema Corte resolvió que es válido sancionar penalmente, por el delito de fraude específico, a los “brujos” o “yerberos” que obtengan un lucro indebido aprovechándose de la ignorancia, preocupaciones o superstición de la población.



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