Décima Sesión del Segundo Periodo Ordinario de Sesiones

Estatales - Congreso de Coahuila 24/10/2023 Redacción G MAS Redacción G MAS
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La Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, llevó a cabo el día de hoy la Décima Sesión del Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional, en la cual Diputadas y Diputados presentaron las siguientes iniciativas:

 

      1.- Iniciativa con Proyecto de Decreto que plantea adicionar una fracción VII al Artículo 231, del Código Penal de Coahuila.

 

      2.- Iniciativa con Proyecto de Decreto que propone adicionar un artículo 95 Bis a la Ley Estatal de Salud.

 

      3.-Iniciativa con Proyecto de Decreto que propone reformar los artículos 21 fracción VIII y 36, de la Ley Orgánica del Congreso del Estado.

 

      4.- Iniciativa con Proyecto de Decreto para adicionar un nuevo contenido a la fracción XVIII recorriendo el actual a la fracción XIX  que se crea, del Artículo 48 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado.

 

      Por otra parte, en esta Sesión, las Diputadas y los Diputados aprobaron por unanimidad de votos, los siguientes dictámenes:

 

1.- Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia y de Igualdad y No Discriminación, con Proyecto de Decreto por el que  se adicionan los Artículos 236 Bis (Pautas Específicas de aplicación), 236 Ter ( Acecho) y 236 Quáter,

(Modalidades agravantes), del Código Penal de Coahuila de Zaragoza, con  objeto de  castigar el delito de acecho. Se impondrá de seis meses de prisión y multa de quinientos a mil unidades de medida y actualización a quien intimide a una persona de manera insistente y reiterada, llevando a cabo cualquiera de las siguientes conductas:

 

La vigile, la persiga o busque su cercanía física; establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación o por interpósita persona; atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella; realice conductas tendientes a que la víctima o cualquier persona con quien mantenga lazos de parentesco o amistad, sufra daños en su persona o bienes, o que mantenga esas acciones con el fin de mantener intimidada a esa persona.

 

Las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieren corresponder a otros delitos cometidos en concurso aplicando las reglas según corresponda.

 

Estas reformas fueron hechas en base a iniciativas planteadas por las Diputadas y los Diputados de los Grupos Parlamentarios del PRI, del PAN y MORENA.

 

2.- Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia y de Igualdad y No Discriminación, con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción VI al artículo 9 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza, para quedar como sigue:

 

VI. ​Comete violencia vicaria, quien por medio de cualquier acto u omisión, utilice como víctima directa de violencia a las hijas o los hijos, familiares, personas adultas, con discapacidad, en situación de dependencia, mascotas, para causarle algún tipo de daño a la víctima, generando una consecuente afectación psicoemocional o física.

 

Asimismo, se adiciona un inciso i) a la fracción III del artículo 10 de la Ley de Prevención, Asistencia y Atención de la Violencia Familiar, para quedar como sigue: “Violencia vicaria”: Comete violencia vicaria, quien por medio de cualquier acto u omisión, utilice como víctima directa de violencia a las hijas o los hijos, familiares, personas adultas, con discapacidad, en situación de dependencia, mascotas, para causarle algún tipo de daño a la víctima, generando una consecuente afectación psicoemocional o física.

 

     En el dictamen, las y los Diputados de las Comisiones antes citadas, mencionan que estas reformas atienden a las demandas de la población y  de colectivos que se han posicionado y manifestado en el tema, a causa de las cifras alarmantes que respaldan esta preocupación.

 

Estas reformas están fundamentadas en iniciativas planteadas por las Diputadas  Lizbeth Ogazón Nava, Claudia Elvira Rodríguez Márquez, Luz Elena Guadalupe Morales Núñez y el Diputado Eduardo Olmos Castro.

 

3.- Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia y de Igualdad y No Discriminación, con Proyecto de Decreto por el que se reforma y se adiciona diversas disposiciones del Código Penal de Coahuila de Zaragoza, en materia de violencia familiar, para establecer que quien cometa el delito de feminicidio perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio y pensión por viudez, así como la pérdida de la patria potestad de hijos e hijas en común con la víctima.

 

Así mismo, se establecen las Pautas específicas de aplicación sobre clases de violencia familiar y sobre la relación de pareja o, de hecho, así como las modalidades  especialmente agravantes por razón de género.

 

Entre las pautas específicas de aplicación sobre las clases de violencia familiar y sobre la relación de pareja o, de hecho, se adiciona la fracción IX  al Artículo 252 del Código Penal, para quedar como sigue:

IX.- Relación de noviazgo: Es una vinculación afectiva que se establece entre dos personas que se sienten atraídas mutuamente; que pueden o no tener la intención de contraer matrimonio o convivir de manera permanente, y que tienen la oportunidad de conocerse y compartir experiencias de vida.

 

4.- Dictamen de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, con Proyecto de Decreto  por el que se adiciona el numeral 4), al párrafo quinto, del artículo 201 del Código Penal de Coahuila de Zaragoza,  para establecer los ataques con ácidos, sustancias corrosivas o inflamables con la intención de alterar  su salud y provocar daños físicos externos, como un tipo de violencia física

 

5.- Dictamen de la Comisión de Finanzas con Proyecto de Decreto por el que se valida un acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del municipio de Ramos Arizpe, para enajenar a título oneroso una fracción de terreno ubicada en el Fraccionamiento “Parque Industrial Saltillo-Ramos Arizpe”, de Ramos Arizpe, a favor  de un particular, con  objeto de ampliar el desarrollo industrial con la creación de nuevos empleos.

 

6.- Dictamen de la Comisión de Finanzas con Proyecto de Decreto por el que se valida un acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio  de Torreón, para enajenar a título oneroso un excedente de vialidad en desuso ubicado en el Fraccionamiento “Latinoamericano” de Torreón, a favor  de un particular, con objeto de obtener certeza jurídica de la ampliación y construcción de su casa habitación y llevar a cabo la regularización de la tenencia de la tierra.

 

7.- Dictamen de la Comisión de Finanzas con Proyecto de Decreto por el que se valida un acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Villa Unión, para continuar con las enajenaciones a favor de sus actuales poseedores,  de un bien inmueble  ubicado en la colonia Universidad de  Villa Unión, con objeto de dar certeza jurídica con la escrituración y llevar a cabo la regularización de la tenencia de la tierra.

 

8.- Dictamen la Comisión de Finanzas con Proyecto de Decreto por el que se valida un acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Morelos, para continuar con las enajenaciones de un bien inmueble ubicado en la colonia Centro, actualmente “Vicky Zertuche”, de la ciudad de Morelos, a favor de los actuales poseedores, con objeto de dar certeza jurídica con la escrituración y llevar a cabo la regularización de la tenencia de la tierra.

 

9.- Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad, con Proyecto de Decreto por el que se reforman la fracción II, adicionando un inciso e), así como la fracción XVI, recorriendo las subsecuentes, todas del artículo 6 de la Ley deAsistencia Social y Protección de Derechos del Estado de Coahuila deZaragoza,

 

10.- Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad, con Proyecto de Decreto por el que sereforman los artículos 31, 36 y 40 de la Ley para  el Desarrollo e Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado de Coahuilade Zaragoza. 

 

​Por otra parte, Diputadas y Diputados presentaron diversas proposiciones con Punto de Acuerdo, de las cuales se aprobaron las siguientes: 

 

- Proposición con Punto de Acuerdo con la finalidad de enviar un respetuoso exhorto a la Secretaría de Salud Federal y Estatal, para que en coordinación con las instituciones que prestan servicios de salud mental del sector público, social y privado, implementen la atención psicológica a las mujeres diagnosticadas con cáncer de mama. 

 

- Proposición con Punto de Acuerdo, para solicitar a laSecretaría de Salud del Estado que, dentro de sus posibilidades implemente un Registro Estatal de Enfermedades Renales Crónicas.

 

- Proposición con Punto de Acuerdo con objeto de pedirrespetuosamente al H. Congreso de la Unión, que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024, se incrementen los recursos a las ciudades fronterizas de Acuña y Piedras Negras, para que puedan implementar acciones enfocadas a la atención de los migrantes.

 

​En otro orden de ideas, el Diputado Eduardo Olmos Castro dio lectura a un pronunciamiento que en forma conjunta presentaron las Diputadas y los Diputados  de la LXII Legislatura, referente “cerotolerancia al hostigamiento y acoso sexual y laboral, así como a lasprácticas contrarias a la igualdad, a la no discriminación y a losambientes de trabajo libres de violencia”.

 

Durante este acto, en la sala de sesiones se contó con la presencia de todo el personal del Congreso del Estado de Coahuila. Posteriormente a la lectura del pronunciamiento, la maestra Laura Martínez Rivera, titular de la Unidad de Género del Congreso y la doctora Juana María Peña Lara, entregaron el documento que contiene el protocolo de “Protocolo de Prevención, Atención, Investigación y Sanción de la Violencia, el Hostigamiento y el Acoso Sexual y Laboral, así como de Prácticas contrarias a la Igualdad y a la No Discriminación”.

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