Emite exhorto para aplicar ley en supervisión de minas el Congreso del Estado

Estatales - Congreso de Coahuila 09/06/2021 Redacción G MAS Redacción G MAS
Dip.-Yolanda-Elizondo-Maltos

El Congreso de Coahuila aprobó enviar un exhorto a la Secretaría de Economía, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a la Comisión Federal de Electricidad del Gobierno Federal, para que inspeccionen, evalúen, supervisen y en caso de incumplir, se sancione a las empresas mineras que no tomen las medidas de seguridad para proteger y salvaguardar las vidas de los trabajadores. Esto luego de lo ocurrido el 4 de junio en Micarán, en el municipio de Múzquiz donde siete trabajadores quedaron atrapados tras un derrumbe.

La propuesta fue presentada por la Diputada Yolanda Elizondo Maltos, del Grupo Parlamentario “Evaristo Pérez Arreola”, del Partido Unidad Democrática de Coahuila, quien apuntó que los terribles hechos pudieron prevenirse, si las autoridades hicieran sólo lo que les corresponde, “ni más, ni menos”.

Subrayó que el trabajo que se desarrolla al interior de una mina, es considerado de alto riesgo y por ende en México, se tienen leyes y normas que protegen a los mineros; aunque agregó que son “leyes y normas que no se respetan, de lo contrario, no habría estos accidentes”.

Como se recordará, en la mina de carbón ubicada en el Mineral de Rancherías, Municipio de Múzquiz, Coahuila; ocurrió el accidente “en el que fuertes lluvias que hemos tenido en estos días, humedecieron la parte del tajo cercano a la mina, inundando tres de cinco túneles, colapsando y dejando atrapados a siete mineros”, expresó la legisladora. Al citar los nombres de los mineros atrapados, algunos de los cuales ya han sido encontrados sin vida, Elizondo Maltos indicó que la Organización Civil Familia Pasta de Conchos, ya había advertido desde el pasado 23 de octubre a la Comisión Federal de Electricidad que la mina de arrastre en la que ocurrió este penoso accidente, no contaba con las condiciones de seguridad necesarias para continuar operando.

Añadió que sin embargo, la Ley Minera, establece que la Secretaría de Economía, debe colaborar en la elaboración y verificación de la aplicación de las normas oficiales mexicanas y las relativas a la industria minero-metalúrgica en materia de higiene y seguridad en las minas, además de sancionar su inobservancia. Para ello debería realizar visitas de inspección a las instalaciones de las empresas y en su caso, proceder a la suspensión provisional de las obras y trabajos, e incluso se puede proceder a la cancelación de la concesión. En el caso de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ésta emite la normativa de Seguridad para Minas Subterráneas de Carbón, donde se establecen las condiciones y requisitos de seguridad en las instalaciones y funcionamiento de las minas subterráneas como es el caso, para prevenir riesgos a los trabajadores que laboren en ellas.

Tales condiciones señalan por un lado, las medidas que se tienen que adoptar en equipos, maquinarias, instalaciones y dispositivos, por el otro, puntualizan el contenido de los procedimientos manuales, programas y planes de atención de emergencias que se deben utilizar para proporcionar la capacitación a los mineros que laboren en el interior de estas minas, lo que también debe supervisarse por dicha autoridad.

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